1. La afirmación contemporánea: el Derecho y los derechos humanos como fundamento de la paz
En un discurso reciente, Felipe VI afirmó que «solo sobre el Derecho puede sostenerse una paz duradera». Esta declaración se enmarca en el 60 aniversario de los Pactos de Nueva York y en referencia explícita a la Declaración Universal de los Derechos Humanos, situando los derechos humanos como eje de la convivencia y apelando a Europa a liderar su defensa en un contexto de crisis global.
Nos encontramos así ante una formulación más completa del pensamiento contemporáneo dominante:
el Derecho como estructura de paz,
los derechos humanos como fundamento moral,
y el orden internacional como garante último de estabilidad.
Sin embargo, desde la perspectiva de Santo Tomás de Aquino, esta construcción presenta límites profundos que conviene analizar.
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2. La noción tomista de paz: fruto del orden justo, no del consenso jurídico
Para Santo Tomás, la paz es tranquilitas ordinis, la tranquilidad del orden. No se trata de un equilibrio jurídico ni de un consenso internacional, sino de una realidad ontológica:
orden del alma,
orden de la sociedad,
orden respecto a Dios.
Esto introduce una primera corrección fundamental:
La paz no es producto de acuerdos humanos, sino de la conformidad con el bien.
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3. El problema de los derechos humanos: fundamento sin fundamento
El discurso real introduce un elemento clave: los derechos humanos como base de la convivencia. Aquí la crítica tomista se vuelve más incisiva.
a) La intuición verdadera
La tradición cristiana reconoce la dignidad del hombre y ciertos derechos derivados de su naturaleza.
b) El problema moderno
Sin embargo, en la formulación contemporánea —como la de la Declaración Universal de los Derechos Humanos— estos derechos:
se presentan como autónomos,
desligados de un orden objetivo del bien,
y dependientes del consenso histórico.
c) La objeción tomista
Para Santo Tomás:
el derecho (ius) deriva de la justicia,
la justicia deriva de la ley natural,
y la ley natural deriva de la ley eterna (Dios).
Cuando se eliminan estos fundamentos, los derechos humanos quedan sin anclaje metafísico, convirtiéndose en:
proclamaciones cambiantes,
susceptibles de reinterpretación ideológica,
incapaces de garantizar por sí mismos la paz.
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4. Derecho, derechos y paz: inversión del orden real
El planteamiento implícito en el discurso real es:
> Derechos humanos → Derecho → Paz
Pero Santo Tomás establece otro orden:
> Verdad → Bien → Justicia → Paz
(y el Derecho como instrumento subordinado)
Consecuencia crítica
Cuando se invierte este orden:
el Derecho deja de servir a la verdad,
los derechos se redefinen continuamente,
y la paz se vuelve inestable.
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5. Europa y la ilusión normativa
La llamada a Europa para liderar la defensa de los derechos humanos refleja una confianza característica de la modernidad tardía: la idea de que el orden jurídico internacional puede sostener la civilización.
Desde una perspectiva tomista, esto plantea un problema:
Europa ya no comparte de forma unánime:
una visión objetiva del bien,
una antropología común,
ni un fundamento trascendente.
Por tanto, pretender sostener la paz únicamente sobre normas y derechos es construir sobre una base frágil.
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6. La insuficiencia del Derecho sin virtud
Santo Tomás insiste en que la ley necesita hombres virtuosos. Sin virtud:
las leyes se vacían,
los derechos se instrumentalizan,
y la justicia se degrada.
Esto implica que:
La paz no depende principalmente de instituciones, sino de la rectitud moral de las personas y de los pueblos.
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7. Conclusión: la paz no nace del Derecho, sino de la justicia en la verdad
La afirmación de Felipe VI, ampliada con su referencia a los derechos humanos y al papel de Europa, expresa una aspiración legítima, pero filosóficamente incompleta.
Desde Santo Tomás de Aquino, la corrección sería clara:
> No es el Derecho —ni siquiera los derechos humanos— el fundamento último de la paz, sino la justicia arraigada en la verdad del bien humano.
Sin ese fundamento:
el Derecho se vuelve formal,
los derechos se relativizan,
y la paz se convierte en una apariencia inestable.
Con él, en cambio:
el Derecho encuentra su sentido,
la justicia se realiza,
y la paz puede ser verdaderamente duradera.
¿Puede el Derecho sostener la paz? Una crítica tomista a la tesis de Felipe VI









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