En la libertad religiosa se expresa la especificidad de la persona humana, por la que puede ordenar la propia vida personal y social a Dios, a cuya luz se comprende plenamente la identidad, el sentido y el fin de la persona. Negar o limitar de manera arbitraria esa libertad, significa cultivar una visión reductiva de la persona humana, oscurecer el papel público de la religión; significa generar una sociedad injusta, que no se ajusta a la verdadera naturaleza de la persona humana; significa hacer imposible la afirmación de una paz auténtica y estable para toda la familia humana.
Por tanto, exhorto a los hombres y mujeres de buena voluntad a renovar su compromiso por la construcción de un mundo en el que todos puedan profesar libremente su religión o su fe, y vivir su amor a Dios con todo el corazón, con toda el alma y con toda la mente (cf. Mt 22, 37).
Derecho sagrado a la vida y a una vida espiritual.
El derecho a la libertad religiosa se funda en la misma dignidad de la persona humana, cuya naturaleza trascendente no se puede ignorar o descuidar. Dios creó al hombre y a la mujer a su imagen y semejanza (cf. Gn 1, 27). Por eso, toda persona es titular del derecho sagrado a una vida íntegra, también desde el punto de vista espiritual. Si no se reconoce su propio ser espiritual, sin la apertura a la trascendencia, la persona humana se repliega sobre sí misma, no logra encontrar respuestas a los interrogantes de su corazón sobre el sentido de la vida, ni conquistar valores y principios éticos duraderos, y tampoco consigue siquiera experimentar una auténtica libertad y desarrollar una sociedad justa.
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